¿Quiénes somos?

Como consecuencia de la celebración del I Congreso Iberoamericano sobre Síndrome de Down celebrado en Argentina, y el deseo manifestado por las distintas Organizaciones participantes en el II Congreso celebrado en España en 2010 de constituir una Asociación Iberoamericana de Síndrome de Down, bajo el nombre de “Federación Iberoamericana de Síndrome de Down” (“FIADOWN”), cuyo objetivo primordial lo constituiría la consolidación de un foro permanente para la cooperación, el intercambio de experiencias y la promoción, difusión y fortalecimiento de los principios fundamentales por todos compartidos, se llevó a efecto la constitución formal de la Asociación “Federación Iberoamericana de Síndrome de Down” (“FIADOWN”)  el 15 de agosto de 2011, quedando inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones desde el 10 de febrero de 2012, Grupo 1, Sección 1, nº. 599304.

La Federación se ha creado con el deseo de de estrechar los lazos de cooperación entre las distintas federaciones y asociaciones nacionales de los distintos países iberoamericanos, a los efectos de apoyar su gestión, fomentar, ampliar y fortalecer la cultura de los Derechos Humanos, establecer y mantener relaciones de colaboración entre las distintas instituciones nacionales, y de estas con los organismos internacionales, intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales que procuren el respeto, defensa y promoción de los Derechos Humanos que le son inherentes a las personas con Down y otras discapacidades intelectuales, y sus familias, así como apoyar la promoción de organizaciones de Síndrome de Down en los distintos países y regiones que no cuenten con esta institución y promover su fortalecimiento donde ya existen, y realizar programas conjuntos de trabajo tendentes al fortalecimiento y modernización de las instituciones que formarán parte de la Asociación, la promoción de estudios e investigaciones sobre aspectos de su competencia, aunar esfuerzos para apoyar el fortalecimiento de las instituciones del Síndrome de Down, entre otras que pudieran determinarse.

 ACTA CONSTITUTIVA